Texto: LAN\1989\86 Estado: Disposición vigente
Resolución de Instituto Andaluz de Salud Mental, de 23 febrero 1989. Subvenciones a personas, entidades y asociaciones, sin ánimo de lucro, para realización de actividades
Datos de la publicación donde se genera esta versión:
BOJA núm. 26 de 3/4/1989
https://www.juntadeandalucia.es/boja/1989/26
Procedencia: Instituto Andaluz de Salud Mental
Versión de 23/2/1989
Tipo de versión: INICIAL
Vigencia: 24/4/1989
El I.A.S.A.M., de acuerdo con los programas de actuación recogidos en el presupuesto, y dentro del límite presupuestario señalado en el mismo, convoca por medio de la presente resolución la concesión, de subvenciones a entidades y asociaciones sin animo de lucro, para la realización de actividades no reguladas en laResolución del I.A.S.A.M. de fecha 30 de marzo de 1987 (B. O. J. A. de l5 de mayo de 1987) (LAN\1987\1443), relacionadas directamente con las competencias que tiene asignadas este Instituto.
En base a ello, y en uso de las atribuciones que tengo concedidas, resuelvo:
1ºSe regula mediante la presente norma la concesión de subvenciones que soliciten Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro cuya actividad esté relacionada directamente con las competencias, objetivos y finalidades del Instituto Andaluz de Salud Mental.
2ºLas solicitudes de subvención se dirigirán al Instituto Andaluz de Salud Mental y deberán adjuntar los siguientes documentos:
1. Acreditación de la personalidad del solicitante tanto sea éste persona física como jurídica.
2. Memoria detallada de la actividad a realizar, así como presupuesto económico de la misma.
3ºLas entidades o asociaciones que obtengan subvención, deberán justificar la realización de la actividad y el cumplimiento de las obligaciones de carácter fiscal que les correspondan, a tenor de lo dispuesto en el artículo 22 de laLey 10/1988 (LAN\1988\328).
Este documento no tiene validez jurídica